En la sesión del lunes, el Concejo Deliberante aprobó un régimen de multas para infracciones cometidas dentro de la Reserva Natural Faro Querandí. Una laguna normativa hacía que las infracciones cometidas dentro de la reserva no tuvieran multa, por lo que los guardaparques carecían de herramientas para castigar a los infractores.
Las multas están divididas en tres sectores, de acuerdo al uso del territorio; en la zona intangible, las multas serán las siguientes (el valor está expresado en mult, valor de referencia que se toma del Código Tributario); por circular en cualquier medio (a pie o en vehículo), 2000m; acampar 5000m, recolección de cualquier elemento (flora, fauna, minerales, etc.) 2000m; sobrevolar a menos de 500mts de altura, 2000m, cazar, 5000m, arrojar residuos 3000m, y arrojar desechos contaminantes o hacer fuego 5000m.
En la zona de amortiguación, las multas son; por circular fuera de días y horarios permitidos, 1000m; acampar 2000m, recolección de cualquier elemento (flora, fauna, minerales, etc.) 1000m; sobrevolar a menos de 500mts de altura, 1000m, cazar 5000m, arrojar residuos 1000m, y arrojar desechos contaminantes o hacer fuego 3000m.
Además de las multas, se dará de baja a cualquier actividad con permiso si realiza alguna de estas infracciones (investigación, excursiones, etc). Los fondos recaudados serán destinados al plan de manejo de la Reserva.
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Fuente: www.change.org